CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO LÍNEA ADSL:
ACCESOS ADSL / RTB y ADSL / RDSI


Las Condiciones Generales descritas a continuación (en adelante, las "Condiciones Generales") regulan las relaciones contractuales entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. (en adelante, TELEFÓNICA DE ESPAÑA) y el CLIENTE del Servicio (en adelante, el CLIENTE), en todo lo relativo a la prestación del Servicio Línea ADSL, en cualquiera de sus dos tipos de acceso: ADSL/RTB o ADSL/RDSI (en adelante, el SERVICIO)

1.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO

EL SERVICIO, en cualquiera de sus tipos de acceso ADSL/RTB o ADSL/RDSI, es un servicio de conectividad que integra las siguientes prestaciones:

· Acceso a Internet de alta velocidad y al área de servicios del portal Telefónica Net y diferentes Servicios de Valor Añadido.
· Equipo ADSL de CLIENTE (en adelante el "Módem ADSL") de carácter opcional según la modalidad de contratación.
· Desplazamiento al domicilio del CLIENTE e Instalación del Equipo ADSL de carácter opcional(en adelante, el "Servicio de Instalación").
· Atención al CLIENTE en relación con el Servicio ADSL (en adelante, el "Servicio de Atención al CLIENTE").
· Ciertas Opciones Adicionales del Servicio ADSL (en adelante, las "Opciones Adicionales").

La aceptación de estas Condiciones Generales mediante la pulsación del botón "Acepto", atribuye al CLIENTE la condición de usuario del SERVICIO y de las prestaciones descritas anteriormente, asumiendo el mismo, de forma expresa, su plena adhesión, sin reservas, a todas y cada una de las citadas Condiciones Generales.

2.- OBJETO

Las presentes Condiciones Generales regulan la prestación del SERVICIO, por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE, a cambio de un precio.

3.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El SERVICIO presenta dos tipos de acceso: ADSL/RTB y ADSL/RDSI.

El Servicio ADSL/RTB es un servicio de acceso a Internet de alta velocidad, de carácter permanente, que funciona simultáneamente con el servicio telefónico básico, pero con tarificación independiente.

El Servicio ADSL/RDSI es un servicio de características idénticas al anterior, ofertado exclusivamente sobre accesos básicos RDSI.

EL SERVICIO se ofrecerá en la opción de facturación de Tarifa Plana 24 horas, por lo que EL CLIENTE podrá disponer del SERVICIO sin límite alguno de consumo y con carácter permanente.

3.1.- Requisitos para la contratación del SERVICIO.

3.1.1.- Equipo informático

Para la prestación del SERVICIO, el equipo informático del CLIENTE deberá disponer de las características técnicas necesarias, y que figuran, a tal efecto, en la siguiente URL: http://www.telefonicaonline.com/adsl

Asimismo, es necesario disponer de una roseta telefónica en el domicilio de instalación a menos de 3 metros del punto donde se ubique el Módem ADSL.

EL EQUIPO INFORMÁTICO DEL CLIENTE NO FORMA PARTE DEL SERVICIO.

3.1.2.- Acceso telefónico

Para la prestación del SERVICIO, el acceso telefónico del CLIENTE deberá reunir las siguientes características:

(i) La central telefónica a la que pertenece la línea de teléfono del CLIENTE deberá tener disponible el Servicio ADSL/RTB o ADSL/RDSI, respectivamente.

(ii) La línea telefónica RTB o línea de acceso básico RDSI, en cada caso, no deberá estar conectada a ningún equipo o servicio incompatible con el SERVICIO.

(iii) Cualificación del bucle: ciertas líneas telefónicas RTB o RDSI pueden ser incompatibles con EL SERVICIO en razón de su longitud, calibre u otros parámetros técnicos.

3.1.3.- Incompatibilidades.

Los siguientes servicios son incompatibles con el SERVICIO (Tanto para Servicio ADSL/RTB como para Servicio ADSL/RDSI):

1) Teletarificación mediante impulsos de 12kHz.

2) Servicio de Telealarmas.

3) Servicio de Seguro de Consumo

4) Servicio de Alarma de Consumo

5) Hilo Musical.

6) Líneas de Respaldo, de circuitos de datos.

7) Líneas de Enlace de Centralitas (excepto para líneas cabecera con filtrado centralizado)

8) Líneas de Enlace de grupos Centrex (excepto para líneas cabecera)

9) Líneas Ibercom (incluidas las líneas de emergencia).

10)Teléfonos de uso Público (excepto autotarificados).

11) Asimismo, dado que el acceso al Servicio ADSL requiere un par de cobre, no podrá prestarse sobre accesos TRAC (Telefonía Rural de Acceso Celular) u otros vía radio.

En relación con la causa de incompatibilidad 2ª - Servicio de Telealarmas-TELEFÓNICA DE ESPAÑA advierte que, debido a la instalación física necesaria para la Telealarma, pueden darse situaciones en que la Telealarma no funcione correctamente si se dispone de filtrado distribuido. En estos casos, TELEFÓNICA DE ESPAÑA recomienda la instalación de filtrado centralizado.

En caso de incompatibilidad, EL SERVICIO no podrá ser ofrecido por TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

La disponibilidad o no del SERVICIO será confirmada por TELEFÓNICA DE ESPAÑA en cada caso particular.

Ciertos elementos de hardware o de software del equipo informático del CLIENTE pueden ocasionar, asimismo, dificultades en el normal funcionamiento e incluso impedir el acceso al SERVICIO.

3.2.- Modalidades Línea ADSL.

Las modalidades del Servicio ADSL en función de la velocidad que ofrece TELEFÓNICA DE ESPAÑA conforme a estas Condiciones Generales, son las siguientes:


Velocidad Sentido Red- usuario Velocidad Sentido usuario - Red Caudal garantizado en capa ATM
Básica 1.000 Kbit/s 300 Kbit/s -----
Class 2.000 Kbit/s 300 Kbit/s 10%
Avanzada 4.000 Kbit/s 512 Kbit/s 10%
Premium 7.296 Kbit/s (*) 640 Kbit/s 10%
Empresas Class 2.000 Kbit/s 640 Kbit/s 50%
Empresas Avanzada 4.000 Kbit/s 640 Kbit/s 50%
Empresas Premium 7.296 Kbit/s (*) 640 Kbit/s 50%

* Sin perjuicio de lo dispuesto en el cuadro anterior, en caso de que el Servicio ADSL se preste a través de un acceso básico RDSI, la velocidad aplicable y correspondiente a las modalidades Premium y Empresas Premium será de 6.144 Kbit/s en sentido red-usuario y de 640 Kbit/s en sentido usuario-red. El caudal garantizado en capa ATM para estas modalidades será del 10 % y 50 % respectivamente.


Para todas las modalidades descritas, las velocidades especificadas y caudales descritos se refieren a valores máximos alcanzables en capa ATM.

La velocidad y caudal en capa IP y, por lo tanto, del acceso a Internet, dependerá en cada momento del tráfico en Internet, del número de internautas simultáneos y de otros factores técnicos asociados a esa Red (eficiencia de protocolo IP, ocupación de servidores, puertos, etc.), por lo que no puede garantizarse y siempre será inferior a la velocidad máxima en capa ATM.

3.3.- Instalación de filtrado.

En RTB para las modalidades de velocidad descritas, TELEFÓNICA DE ESPAÑA instalará filtrado centralizado (Splitter) o proveerá filtrado distribuido (mediante microfiltros), en función de la disponibilidad y las características específicas de la red interior telefónica del domicilio del CLIENTE

En RDSI, TELEFÓNICA DE ESPAÑA instalará siempre filtrado centralizado

La provisión o instalación del filtrado se realizará con arreglo a las siguientes Condiciones:

· Por defecto, se proveerá filtrado distribuido, con independencia de la velocidad contratada. Bajo esta modalidad de filtrado, TELEFÓNICA DE ESPAÑA proveerá los microfiltros necesarios en función de la instalación interior del CLIENTE y hasta un máximo de tres microfiltros.

· En caso de que no sea posible la provisión del Servicio con filtrado distribuido, y siempre que el CLIENTE preste su consentimiento, se procederá a instalar un Splitter, junto al punto de conexión a la red.

· En caso de que sea necesaria la instalación del Splitter, dicha instalación comprenderá el tendido del cableado necesario para el tramo existente desde el Splitter hasta el Módem del CLIENTE (en adelante, el "Cableado")

· TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá prestar el Servicio de Instalación por sí misma o a través de un instalador autorizado.

El Splitter es propiedad de TELEFÓNICA DE ESPAÑA

EL CLIENTE deberá satisfacer la cuota de alta que corresponda en función del tipo de filtrado que, efectivamente, se provea o instale, de conformidad a lo indicado en los distintos Anexos de precios y opciones de facturación de las presentes Condiciones Generales.

3.4.- Opciones de Contratación del Equipamiento vinculado al Servicio Línea ADSL.

3.4.1.- Con Venta e Instalación del Módem ADSL.

En este caso EL SERVICIO incluye la Venta e Instalación del Módem ADSL para su conexión al equipo informático del CLIENTE.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA procederá a verificar el desplazamiento al domicilio del CLIENTE cuando, de conformidad a lo previsto en la presente cláusula, EL CLIENTE solicite el SERVICIO con Venta e Instalación de Módem ADSL.

El Módem ADSL se instalará por TELEFÓNICA DE ESPAÑA con arreglo a las siguientes condiciones:

· El Módem ADSL se conectará por el lado de Red al Splitter, en caso de que la instalación se verifique con filtrado centralizado, o al Punto de Terminación de Red (PTR), en caso de que la provisión se haya realizado con microfiltros.
· En el lado del CLIENTE, el Módem ADSL se conectará a su equipo informático.
· El Servicio Línea ADSL sólo contempla la instalación del Módem ADSL en equipos del tipo PC compatibles de acuerdo a lo indicado en la cláusula 3.1. con lector de CD y con sistema operativo en correcto estado de funcionamiento, siendo requisito imprescindible que los CD´s originales estén a disposición del instalador.
· Para determinados sistemas operativos (MAC, SUN, etc.), la responsabilidad de TELEFÓNICA DE ESPAÑA termina en la configuración del Módem ADSL, siendo responsabilidad del usuario llevar a cabo las acciones pertinentes. En este caso, y con el único objeto de comprobar la correcta instalación, TELEFÓNICA DE ESPAÑA llevará a cabo pruebas finales con sus propios equipos portátiles
· La instalación del Módem ADSL se entenderá terminada cuando se haya comprobado la navegación.
· Quedan excluidos del proceso de instalación la configuración de los programas de correo electrónico y otros que pueda utilizar el CLIENTE.

3.4.2. - Contratación del servicio sin Venta e Instalación de Módem ADSL.

EL CLIENTE podrá solicitar la provisión del SERVICIO en sus distintas modalidades y opciones de facturación, sin que el mismo incluya la Venta e Instalación del Módem ADSL.

En el caso de que solicite la opción de provisión del SERVICIO sin Venta e Instalación de Módem ADSL, en la modalidad RTB de la Línea ADSL con filtrado distribuido, no existirá desplazamiento al domicilio del CLIENTE, por lo que correrá por cuenta del CLIENTE la adquisición del Módem ADSL y de los microfiltros necesarios para la prestación del SERVICIO.

En este caso, EL CLIENTE podrá adquirir los microfiltros en los establecimientos habilitados por TELEFÓNICA DE ESPAÑA o en otros establecimientos distintos.

En cualquier caso, el Módem ADSL y los microfiltros adquiridos por cuenta del CLIENTE, deberán cumplir las especificaciones técnicas publicadas en http://www.telefonica.es/interfaces/

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no responderá de la adecuada prestación del SERVICIO en caso de que el Módem ADSL o los microfiltros adquiridos por el CLIENTE no reúnan los requisitos exigidos o en el caso de que se instalen por EL CLIENTE mas de tres microfiltros.

En caso de que EL CLIENTE solicite Línea ADSL sobre RDSI o en caso de que sea necesaria la instalación con filtrado centralizado, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se desplazará al domicilio del CLIENTE para instalar el Splitter, aunque, de conformidad a lo previsto en la presente cláusula, EL CLIENTE solicite EL SERVICIO sin Venta e Instalación de Módem ADSL.

3.4.3. - Contratación del SERVICIO con Instalación de Módem ADSL del CLIENTE.

Como opción adicional, EL CLIENTE podrá solicitar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA la instalación de un Módem ADSL que sea de su propiedad. En este caso sólo se procederá a la instalación siempre que sea uno de los modelos soportados por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y que reúnan los requisitos fijados en http://www.telefonica.es/interfaces/

3.5. - Servicios de valor añadido.

El Servicio Línea ADSL, contempla la prestación de los siguientes Servicios de Valor Añadido:

3.5.1. - Acceso al área de servicios del portal Telefónica Net.

3.5.2.- Correo electrónico.

A través del Servicio de Correo Electrónico, TELEFÓNICA DE ESPAÑA, pone a disposición del CLIENTE cinco cuentas o buzones de correo electrónico con el dominio que Telefónica Net designe así como las herramientas necesarias para su gestión, con las siguientes capacidades:

· Un (1) buzón de 100 MB
· Cuatro (4) buzones de 25 MB

3.5.3. - Alojamiento de Página Personal.

A través del Servicio de alojamiento de Página Personal, TELEFÓNICA DE ESPAÑA pone a disposición del CLIENTE la utilización de un espacio virtual en un servidor donde el CLIENTE puede alojar su página web personal, con una capacidad de espacio virtual de 25 MB.

3.6. - Servicio de Atención al CLIENTE.

El Servicio de Atención al CLIENTE consiste en un Servicio de Atención Comercial y un Servicio de Asistencia Técnica. Este último podrá ser prestado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA o a través de un Servicio de Asistencia Técnica autorizado.

3.6.1. El Servicio de Atención Comercial al CLIENTE consiste en un servicio de asistencia comercial telefónica a través de los números que estén habilitados por TELEFÓNICA DE ESPAÑA a tal efecto.

3.6.2. El Servicio de Asistencia Técnica al CLIENTE es un servicio de consulta vía correo electrónico o telefónica y comprende, a su vez, un Servicio de Diagnóstico y un Servicio de Resolución de Incidencias.

Este Servicio no comprende la asistencia técnica de incidencias en el equipo informático del CLIENTE.

3.6.2.1. - El Servicio de Diagnóstico es un servicio de asistencia técnica que TELEFÓNICA DE ESPAÑA presta al CLIENTE vía correo electrónico o a través del número telefónico habilitado a tal fin. A estos efectos, TELEFÓNICA DE ESPAÑA recogerá durante las 24 horas al día, los 7 días de la semana, incluso festivos, cualquier incidencia que afecte al funcionamiento del Servicio ADSL. Recibido del CLIENTE un aviso de incidencia relativo al Servicio ADSL, TELEFÓNICA DE ESPAÑA abrirá un boletín de incidencias y procederá a indicar al CLIENTE la posible causa de la incidencia.

3.6.2.2. - El Servicio de Resolución de Incidencias comprende un servicio de asistencia técnica vía correo electrónico o telefónica y un servicio de asistencia técnica presencial en el domicilio en el que el CLIENTE tenga instalado el equipamiento correspondiente al Servicio ADSL.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA asume la obligación de resolver las incidencias que se le planteen al CLIENTE en la utilización del Servicio ADSL e iniciará el procedimiento de resolución de las incidencias del mismo, tan pronto como el CLIENTE comunique dicha incidencia al Servicio de Asistencia Técnica.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA prestará al CLIENTE el servicio de resolución de las incidencias diagnosticadas de forma gratuita en aquellos casos en los que la incidencia diagnosticada se deba a fallos originarios imputables a TELEFÓNICA DE ESPAÑA sin perjuicio del coste de la llamada telefónica para la resolución de las incidencias diagnosticadas.

En los demás casos, TELEFÓNICA DE ESPAÑA sólo prestará el servicio de asistencia técnica en el domicilio a solicitud del CLIENTE y mediante el pago del precio establecido que figura en el preciario que TELEFÓNICA DE ESPAÑA publica en la siguiente URL: http://www.telefonicaonline.com/adsl

El Servicio de diagnóstico y resolución de las incidencias sobre la configuración del Módem ADSL y sobre los Servicios de Valor Añadido establecidos en las presentes Condiciones Generales podrá prestarse por TELEFÓNICA DE ESPAÑA mediante Telegestión remota de acuerdo a lo dispuesto en la cláusula 4.10.

3.7 - Garantía del Módem ADSL.

Al Módem ADSL provisionado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA le será de aplicación el régimen de garantía previsto en la legislación vigente, debiendo ejecutar la misma en la forma y condiciones establecidos en la tarjeta de garantía que se acompaña al mismo.

Junto a la garantía legal, TELEFÓNICA DE ESPAÑA ofrece una garantía comercial en virtud de la cual el Módem ADSL y su instalación se ofrecerán con garantía domiciliaria durante los seis primeros meses a partir de la fecha de la instalación.

Esta garantía comercial cubre la reparación (mano de obra, materiales y desplazamiento) de cualquier defecto de fabricación que afecte a su funcionamiento, así como los posibles defectos demostrables de la instalación del SERVICIO.

En período de garantía comercial, si se produce una avería en el Módem ADSL, EL CLIENTE puede solicitar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA asistencia domiciliaria para que se le repare el Módem ADSL.

La reparación por avería del equipo o de cualquier pieza del mismo, no implicará prórroga de la garantía comercial.

Quedan excluidas de la presente garantía comercial, las averías producidas en el equipo como consecuencia del mal uso o mal trato del mismo, o las que tengan su origen en cualquier causa imputable al CLIENTE.

Quedan, asimismo, excluidas de la garantía, las averías producidas por manipulaciones o defectos de instalación efectuados por personal ajeno al SERVICIO, o las que se deban a causas catastróficas, caso fortuito o fuerza mayor (fuego, inundaciones, etc.).

3.8. - Mantenimiento.

EL CLIENTE podrá solicitar la contratación del Servicio de mantenimiento domiciliario sobre Módem ADSL, mediante la correspondiente Opción Adicional, y de conformidad a las condiciones contractuales que, en cada momento, regulen dicha prestación del Servicio de mantenimiento. y que figuran en la siguiente URL: http://www.telefonicaonline.com/adsl

Para ello, EL CLIENTE a través de los medios habilitados para el Servicio de Atención Comercial, podrá solicitar dicha opción de mantenimiento domiciliario, debiendo aceptar las citadas condiciones generales de prestación del mismo y que figuran en URL citada en el párrafo anterior.

El mantenimiento domiciliario mencionado será realizado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y facturado al CLIENTE.

Las reparaciones efectuadas por el personal de TELEFÓNICA DE ESPAÑA en el domicilio del CLIENTE, no cubiertas por el anteriormente citado Servicio de mantenimiento, serán objeto de contraprestación económica por parte del CLIENTE en favor de TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

Dicho servicio se presta, con independencia de que el Módem ADSL haya sido provisionado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

3.9. - Opciones Adicionales.

El CLIENTE dispondrá de las opciones adicionales del SERVICIO que se encuentren publicadas en http://www.telefonicaonline.com/adsl

TELEFONICA DE ESPAÑA podrá prestar las opciones adicionales por sí o a través de un tercero.

3.10 - Modificaciones y cancelación del SERVICIO.

3.10.1. - Las características del SERVICIO podrán verse modificadas con la finalidad de adaptarlas a su evolución técnica, cuando existan razones para ello, así como cualquier mejora técnica que permita incorporar un mayor número de prestaciones en aras de la mejora del SERVICIO.

3.10.2. - Asimismo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá modificar y/o cancelar aquellos servicios que presta de forma gratuita o exigir un precio por su prestación.

3.10.3. - TELEFONICA DE ESPAÑA comunicará al CLIENTE la cancelación, modificación o la exigencia de un precio, con un plazo de quince (15) días de antelación respecto del día en que deba ser efectiva dicha cancelación, modificación o exigencia de precio. Las facultades de modificación y cancelación de TELEFÓNICA DE ESPAÑA no perjudican la facultad de desistimiento reconocida al CLIENTE en la Cláusula 14.

4. - OBLIGACIONES DEL CLIENTE

EL CLIENTE asume las siguientes obligaciones:

4.1. - Precio del SERVICIO.

4.1.1. - Precios.

Como contraprestación por EL SERVICIO, EL CLIENTE vendrá obligado a satisfacer el precio correspondiente a cada modalidad de conformidad con los precios vigentes en cada momento.
Los precios actuales, están reseñadas en el cuadro de Precios que figura en el Anexo I.

4.1.2. - Modificaciones de precios.

Cualesquiera modificaciones en los precios aplicables, serán comunicadas por TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE a través de cualquiera de los medios previstos en la Cláusula 15, con la antelación prevista en cada caso en función del régimen de regulación de precios aplicable.

En el caso de que EL CLIENTE manifieste su disconformidad con las nuevas tarifas, podrá resolver unilateralmente la relación de prestación de servicios regulada en estas Condiciones Generales, sin que ello depare al CLIENTE penalización o coste adicional alguno.

4.1.3. Facturación y Pago

TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará al CLIENTE las sumas previstas en el Cuadro l de Precios y que actualmente son los que figuran en el anexo I de la forma siguiente:


(i) Todos los conceptos facturables en virtud de la prestación del SERVICIO se facturarán a mes vencido, con carácter mensual y se incorporaran en la factura correspondiente a la prestación por TELEFÓNICA DE ESPAÑA del Servicio Telefónico Básico (STB) o del Servicio de Acceso básico RDSI.

(ii) El pago correspondiente al SERVICIO será exigible desde el momento que se presente al cobro la factura correspondiente al Servicio Telefónico Básico o al Servicio Acceso Básico RDSI de que dispusiere EL CLIENTE, y se realizará mediante domiciliación bancaria.

(iii) En la primera factura emitida conforme a lo dispuesto en la presente cláusula se incluirá el importe correspondiente a la cuota de alta y, en su caso, el importe del Equipamiento que se incorpore al SERVICIO. La primera cuota será prorrateada en función de la fecha de entrada en vigor del SERVICIO.

En caso de retraso en el pago, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá suspender la prestación de los Servicios si, tras haber requerido el pago al CLIENTE, éste no lo hubiera hecho efectivo en un plazo de siete (7) días desde dicho requerimiento.

Transcurrido dicho plazo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA requerirá de nuevo al CLIENTE, concediéndole un nuevo plazo de diez (10) días para efectuar el pago, pasado los cuales, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá proceder a la interrupción definitiva del SERVICIO, dando de baja al mismo.

4.2. - Precios del Servicio de Resolución de Incidencias a Domicilio.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA prestará al CLIENTE el servicio de asistencia técnica en el domicilio de forma gratuita en aquellos casos en los que la incidencia diagnosticada se deba a fallos imputables a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, según lo dispuesto en la cláusula 3.6.

Fuera del período de garantía comercial o, aun cuando no hubiera transcurrido el mismo si la incidencia atendida no es debida a defectos en el Módem ADSL provisionado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y/o su instalación y no teniendo EL CLIENTE contratado el servicio de mantenimiento, EL CLIENTE estará obligado a satisfacer el precio correspondiente al desplazamiento, así como la reparación efectuada por TELEFONICA DE ESPAÑA. Estos costes de intervención serán los vigentes en el momento en que el CLIENTE solicite su prestación, y que se encuentran en la URL: http://www.telefonicaonline.com/adsl

El importe y forma de pago de este servicio, serán comunicados al CLIENTE a la formulación de su solicitud del servicio de resolución de incidencias a domicilio.

4.3. - Uso correcto de los servicios.

EL CLIENTE se compromete a utilizar el Servicio ADSL de conformidad con la ley, la moral, las buenas costumbres generalmente aceptadas y el orden público, así como a abstenerse de utilizar el Servicio ADSL y/o los demás servicios con fines o efectos ilícitos, prohibidos en la presentes Condiciones Generales, lesivos de los derechos e intereses de terceros, o que de cualquier forma puedan dañar, inutilizar, sobrecargar o deteriorar los servicios, los equipos informáticos de otros Clientes o de otros usuarios de Internet (hardware y software) así como los documentos, archivos y toda clase de contenidos almacenados en sus equipos informáticos (hacking), o impedir la normal utilización o disfrute de dichos Servicios, equipos informáticos y documentos, archivos y contenidos por parte de los demás Clientes y de otros usuarios de Internet.

Los Clientes perjudicados por dichas prácticas podrán comunicarlo a TELEFÓNICA DE ESPAÑA a través de la dirección abuse@telefonica.net o a través del formulario que se habilita en http:// www.telefonicaonline.com/nemesys/

Asimismo, la utilización del SERVICIO podrá exclusivamente destinarse al ámbito profesional o privado y para uso exclusivo en el domicilio que el CLIENTE haya indicado para la provisión del SERVICIO.

Queda expresamente prohibida la realización de actos de reventa o comercialización del SERVICIO a terceros ajenos a la prestación del SERVICIO o, en cualquier caso, de compartición de recursos fuera del domicilio para el que haya solicitado la provisión del SERVICIO.

En caso de incumplimiento de la presente condición, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá suspender la prestación del SERVICIO, de conformidad a lo dispuesto en la cláusula 4.7. de las presentes Condiciones Generales.

EL CLIENTE será responsable frente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA del uso incorrecto de los servicios contratados.

4.3.1. - Condiciones del Servicio de Correo Electrónico.

4.3.1.1. - Borrado de mensajes por razón del tiempo de inactividad del buzón.

Por razones técnicas, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva la facultad de eliminar el contenido íntegro o parcial de los buzones de correo que no presenten actividad, ni de envío y/o de recepción de mensajes, durante noventa (90) días naturales consecutivos. En el supuesto de que solamente haya existido actividad de recepción de mensajes, el buzón se considerará igualmente inactivo, y TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá eliminar el contenido íntegro o parcial de dicho buzón si el CLIENTE no se hubiere conectado a su buzón durante noventa (90) días naturales consecutivos.

A tales efectos, TELEFÓNICA DE ESPAÑA remitirá un mensaje de correo al correspondiente buzón advirtiendo al CLIENTE de que si en el plazo de siete (7) días naturales no se activa el uso del buzón se procederá a la eliminación del contenido íntegro o parcial del buzón.

Para determinar la actividad o inactividad de un buzón no se tendrán en cuenta los mensajes remitidos al CLIENTE por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, como por ejemplo las comunicaciones remitidas de conformidad con las presentes Condiciones Generales, ni los mensajes recibidos desde cualesquiera listas de correo automáticas.

4.3.1.2. - Borrado de mensajes por razón del tamaño del buzón.

Por razones técnicas, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva la facultad de eliminar el contenido íntegro o parcial por cada uno de los buzones de correo que tengan un tamaño superior a las capacidades establecidas en la condición 3.5.2. para cada buzón, previo aviso de borrado de mensajes.

Cuando el buzón del CLIENTE se halle en la situación descrita en el presente apartado, TELEFÓNICA DE ESPAÑA remitirá un mensaje de correo al correspondiente buzón advirtiendo al CLIENTE de que si en el plazo de siete (7) días naturales no se activa el uso del buzón y/o no se disminuye su tamaño al máximo establecido, se procederá a la eliminación del contenido íntegro o parcial del buzón.

4.3.1.3. - Modificación de los parámetros de tiempo y tamaño.

Al igual que el resto de términos y condiciones de las presentes Condiciones Generales, los parámetros de tiempo y tamaño previstos en los apartados 4.3.1.1 y 4.3.1.2, podrán ser modificados por TELEFÓNICA DE ESPAÑA en cualquier momento, comunicándoselo al CLIENTE con un mínimo de quince (15) días de antelación.

4.3.1.4. - Utilización del buzón del CLIENTE por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

El CLIENTE consiente que TELEFÓNICA DE ESPAÑA utilice sus buzones de correo para comunicarse con él y remitirle mensajes relativos a información técnica y operativa del SERVICIO.

En cuanto al envío de información comercial acerca de productos y servicios de telecomunicaciones de TELEFÓNICA DE ESPAÑA o comercializados por ésta, será de aplicación lo dispuesto en la cláusula 8.4. de las presentes Condiciones Generales.

4.3.2. Condiciones del Servicio de alojamiento de Página Personal.

4.3.2.1. - Borrado del Contenido de las páginas personales.

Por razones de seguridad, y con el fin de asegurar unas condiciones de mantenimiento óptimo de este servicio, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva la facultad de borrar, total o parcialmente, el contenido de las Páginas Personales que excedan del tamaño permitido según estas Condiciones Generales así como, en su caso, a desactivar el acceso a dichas Páginas Personales.

En tal supuesto, TELEFÓNICA DE ESPAÑA remitirá un mensaje al buzón de correo electrónico que EL CLIENTE tenga contratado con TELEFÓNICA DE ESPAÑA advirtiéndole que si en el plazo de siete (7) días naturales no disminuye el tamaño de los contenidos integrados en su Página Personal hasta el límite permitido en estas Condiciones Generales, se procederá al borrado total o parcial de los contenidos, así como, en su caso, a la desactivación de la Página Personal.

4.3.2.2. - Inserción de publicidad en Páginas Personales.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva el derecho a incluir publicidad en la Página Personal del CLIENTE, siempre que esta inclusión no haga inoperativa la Página Personal para los usos inicialmente previstos en estas Condiciones Generales preavisando TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE de dicha inserción en un plazo mínimo de siete (7) días.

Dicha publicidad será gestionada por TELEFÓNICA DE ESPAÑA o por los terceros que TELEFÓNICA DE ESPAÑA designe al efecto. En consecuencia, EL CLIENTE es consciente de que la Página Personal puede incluir publicidad y así lo acepta libre y voluntariamente.

4.3.2.3. - Denegación de la utilización del Servicio y desactivación de Páginas Personales.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva el derecho a denegar la utilización de este Servicio y a desactivar cautelarmente las Páginas Personales, en cualquier momento, a aquellos CLIENTES que incumplan estas Condiciones Generales, comunicándolo debidamente.

4.3.3. - Uso de los Servicios de correo electrónico y de alojamiento de página Web, de conformidad con la Política Anti-Spamming de TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

EL CLIENTE se obliga a hacer un uso de los Servicios conforme a la Política Anti-Spamming de TELEFÓNICA DE ESPAÑA y en particular, se compromete, a título meramente indicativo y no exhaustivo, a abstenerse de (i) remitir publicidad de cualquier clase y comunicaciones con fines de venta u otras de naturaleza comercial a una pluralidad de personas sin que medie su previa solicitud o consentimiento, (ii) remitir cualesquiera otros mensajes no solicitados ni consentidos previamente a una pluralidad de personas, (iii) enviar cadenas de mensajes electrónicos no solicitados ni previamente consentidos, (iv) utilizar listas de distribución a las que pueda accederse a través de los servicios para la realización de las actividades señaladas en los apartados (i) a (iii) anteriores, (v) poner a disposición de terceros, con cualquier finalidad, datos captados a partir de listas de distribución. (vi) comunicar a terceros, divulgar o comercializar de cualquier modo las listas de distribución a las que pueda tener acceso a través del correo electrónico; (vii) transmitir o difundir elementos que, por sus características (tales como extensión, formato, etc.), dificulten el normal funcionamiento de los Servicios del portal; (viii) en el caso del servicio de CHAT, transmitir o difundir elementos con etiquetas htlm (como, por ejemplo, banners, botones, hiperenlaces, etc.).

Los Clientes perjudicados por la recepción de mensajes no solicitados dirigidos a una pluralidad de personas podrán comunicarlo a TELEFÓNICA DE ESPAÑA a través de la dirección abuse@telefonica.net o a través del formulario que se habilita en http:// www.telefonicaonline.com/nemesys/

4.4. - Claves de Acceso.

En relación con las Claves de Acceso, EL CLIENTE asume las siguientes obligaciones:

4.4.1. - Asignación.

El acceso al SERVICIO se realizará mediante un Identificador (ID) o nombre de usuario y una contraseña o password que elegirá EL CLIENTE, sujeto a las restricciones que establezca TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

La utilización del servicio de Correo Electrónico precisa el empleo por el CLIENTE del nombre o Identificador (ID) con el que se identifica su cuenta de correo con el dominio asignado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y su contraseña (password) (en adelante el "Identificador" y la "Contraseña" respectivamente, y de modo conjunto, las "Claves de Acceso del Servicio de Correo Electrónico").

Al darse de alta en los servicios, EL CLIENTE elegirá e indicará en el formulario correspondiente el nombre con el que desea ser reconocido por otros Clientes (en adelante, el " Identificador").

El CLIENTE no podrá elegir como Identificador palabras, expresiones o conjuntos gráfico-denominativos malsonantes, injuriosos, coincidentes con marcas, nombres comerciales, rótulos de establecimientos, denominaciones sociales, expresiones publicitarias, nombres y seudónimos de personajes de relevancia pública o famosos para cuya utilización no esté autorizado y, en general, contrarios a la ley o a las exigencias de la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas.

La asignación del Identificador se produce de manera automática y el único criterio empleado al efecto es la inexistencia de un Identificador previo que sea idéntico al elegido por EL CLIENTE. Ello no obstante, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva el derecho a cancelar o suspender aquellos Identificadores que resulten ser contrarios a lo dispuesto en el párrafo anterior. Asimismo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá unilateralmente, en cualquier momento y sin necesidad de previo aviso, modificar, suspender o revocar el Identificador inicialmente asignado con el fin de unificar los diversos Identificadores o nombres de usuario de que dispone EL CLIENTE en los distintos servicios ofrecidos por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, procediendo a comunicarlo a posteriori, y de forma inmediata al CLIENTE.

EL CLIENTE podrá modificar la contraseña de acceso en cualquier momento, de acuerdo con las restricciones establecidas por TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

4.4.2. - Uso y custodia.

EL CLIENTE se compromete a hacer un uso diligente de las Claves de Acceso y a mantener en secreto sus Claves de Acceso.

En todo caso, EL CLIENTE responderá de los gastos correspondientes a la utilización de los servicios por cualquier tercero que emplee al efecto las Claves de Acceso del CLIENTE hasta el momento en que, en su caso, el CLIENTE haya solicitado a TELEFÓNICA DE ESPAÑA la desactivación de las Claves de Acceso. Por excepción a lo anterior, EL CLIENTE no responderá de los gastos correspondientes a la utilización de los Servicios por un tercero que emplee Claves de Acceso del CLIENTE, cuando dicho empleo se deba a un error administrativo o de gestión de TELEFÓNICA DE ESPAÑA o por otra razón sea imputable exclusivamente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA.

4.5. - Copias del Software proporcionado con EL SERVICIO.

El CLIENTE sólo podrá realizar una única copia del Software y sólo para su instalación en el disco duro del equipo informático desde el que se establezca la conexión con el Servicio ADSL.

EL CLIENTE se abstendrá de efectuar ninguna otra copia del Software, de enviar copias del Software a terceros o poner el Software a disposición de terceros por cualquier medio, así como también se abstendrá de utilizar el Software con una finalidad distinta de la prevista en estas Condiciones Generales.

4.6. - Uso correcto de los contenidos.

4.6.1. - Transmisión, difusión y puesta a disposición de terceros de contenidos.

EL CLIENTE se obliga a hacer un uso de los contenidos conforme a la ley, a las presentes Condiciones Generales, a la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas, y al orden público.

A título meramente indicativo, EL CLIENTE se compromete a no transmitir, difundir o poner a disposición de terceros a través de los servicios del portal informaciones, mensajes, gráficos, dibujos, archivos de sonido y/o imagen, fotografías, grabaciones, software y, en general, cualquier clase de material (en adelante, los "Contenidos") que (a) de cualquier forma sean contrarios a, menosprecien o atenten contra los derechos fundamentales y las libertades públicas reconocidas constitucionalmente, en los tratados internacionales y en el resto del ordenamiento jurídico; (b) induzcan, inciten o promuevan actuaciones delictivas, denigratorias, difamatorias, infamantes, violentas o, en general, contrarias a la ley, a la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público; (c) induzcan, inciten o promuevan actuaciones, actitudes o pensamientos discriminatorios por razón de sexo, raza, religión, creencias, edad o condición; (d) incorporen, pongan a disposición o permitan acceder a productos, elementos, mensajes y/o servicios delictivos, violentos, pornográficos, degradantes o, en general, contrarios a la ley, a la moral y buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público; (e) induzcan o puedan inducir a un estado inaceptable de ansiedad o temor; (f) induzcan o inciten a involucrarse en prácticas peligrosas, de riesgo o nocivas para la salud y el equilibrio psíquico; (g) sean falsos, ambiguos, inexactos, exagerados o extemporáneos, de forma que puedan inducir a error sobre su objeto o sobre las intenciones o propósitos del comunicante; (h) se encuentren protegidos por cualesquiera derechos de propiedad intelectual o industrial pertenecientes a terceros, sin que el CLIENTE haya obtenido previamente de sus titulares la autorización necesaria para llevar a cabo el uso que efectúa o pretende efectuar o que se efectúe; (i) violen los secretos empresariales de terceros; (j) sean contrarios al derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen de las personas; (k) infrinjan la normativa sobre secreto de las comunicaciones; (l) constituyan publicidad ilícita, engañosa o desleal y, en general, que constituyan competencia desleal; (m) incorporen virus u otros elementos físicos o electrónicos que puedan dañar o impedir el normal funcionamiento de la red, del sistema o de equipos informáticos (hardware y software) de terceros o que puedan dañar los documentos electrónicos y archivos almacenados en dichos equipos informáticos; (n) que hagan apología del terrorismo, genocidio y teorías revisionistas.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no tiene obligación de controlar y no controla el contenido y naturaleza de los Contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición de terceros por los CLIENTES. Ello no obstante, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se reserva el derecho a revisar, dentro de los límites legales, en cualquier momento y sin previo aviso, por propia iniciativa o a petición de tercero, los Contenidos transmitidos, difundidos o puestos a disposición de terceros por los CLIENTES a través de los Servicios del portal y a adoptar las medidas necesarias dirigidas a impedir su transmisión, difusión o puesta a disposición de terceros cuando existan causas justificadas.

4.6.2. - Medios para la obtención de información.

EL CLIENTE se compromete a abstenerse de obtener e incluso de intentar obtener, los Contenidos que resulten accesibles a través de los Servicios del portal empleando para ello medios o procedimientos distintos de los que, en cada caso, se hayan proporcionado o se hayan indicado a tal efecto.

4.6.3. - Uso correcto de los Contenidos obtenidos a través del portal.

EL CLIENTE se obliga a hacer un uso diligente, correcto y conforme a la ley, a la moral y a las buenas costumbres generalmente aceptadas y al orden público de cualesquiera Contenidos obtenidos a través de los servicios del portal. En particular, EL CLIENTE se compromete a abstenerse de (a) reproducir o copiar, distribuir, permitir el acceso del público a través de cualquier modalidad de comunicación pública, transformar o modificar los Contenidos, a menos que se cuente con la autorización del titular de los correspondientes derechos o ello resulte legalmente permitido; (b) suprimir, eludir o manipular el "copyright" y demás datos identificativos de los derechos de los titulares incorporados a los Contenidos, así como los dispositivos técnicos de protección, las huellas digitales o cualesquiera mecanismos de información que pudieren contener los Contenidos; (c) utilizar los Contenidos de forma o con efectos contrarios a la ley, a la moral y a las buenas costumbres generalmente aceptadas o al orden público, d) transmitir o difundir elementos que, por sus características (tales como extensión, formato, etc. dificulten el normal funcionamiento de los Servicios Complementarios; y (e) en el caso del servicio de CHAT, transmitir o difundir elementos con etiquetas htlm (como, por ejemplo, banners, botones, hiperenlaces...).

4.7. - Retirada y suspensión del acceso a los servicios.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá retirar o suspender cautelarmente, la prestación de los servicios a aquellos CLIENTES que incumplan lo establecido en estas Condiciones Generales, comunicándolo debidamente.

4.8. - Utilización del Splitter.

En caso de que TELEFÓNICA DE ESPAÑA haya instalado Splitter en el domicilio del CLIENTE, éste no podrá modificar o trasladar dicha instalación. Únicamente podrá utilizarlo en el punto en que haya sido instalado por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, en la forma prevista en estas Condiciones, y no podrá transmitirlo bajo ningún título ni ceder su uso a un tercero.

No obstante, EL CLIENTE podrá solicitar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA el traslado de la instalación del adaptador ADSL o Splitter. Previa conformidad de ésta, se procederá a cambiar el punto de instalación, facturando al CLIENTE el importe correspondiente a dicho traslado, que le será comunicado cuando realice su solicitud.

4.9. - Acceso a las instalaciones y equipos informáticos del CLIENTE.

EL CLIENTE se obliga, previa solicitud y una vez concertada la cita correspondiente, a autorizar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, a su personal debidamente identificado o al servicio técnico que TELEFÓNICA DE ESPAÑA designe al efecto, a acceder a las instalaciones y equipos informáticos en que se encuentre instalada la conexión a los servicios con la finalidad de proceder a la prestación de los servicios de Instalación o de Resolución y a la realización de las operaciones de mantenimiento que, a juicio de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, resulten necesarias y, en caso de terminación del Contrato, con la finalidad de proceder a la retirada de la instalación que permite la conexión a los servicios.

4.10. - Telegestión remota .

Para la prestación del servicio de diagnóstico y resolución de incidencias sobre la configuración del Módem ADSL y los Servicios de Valor Añadido mediante la Telegestión remota previsto en la cláusula 3.6. de las presentes Condiciones Generales, será necesario que EL CLIENTE proporcione al personal autorizado de TELEFÓNICA DE ESPAÑA la contraseña de acceso al Módem ADSL, así como la contraseña de acceso a los Servicio de Valor Añadido.

Una vez que TELEFÓNICA DE ESPAÑA preste el Servicio de diagnóstico y resolución de incidencias mediante la Telegestión remota, por motivos de seguridad, EL CLIENTE estará obligado a cambiar la contraseña de acceso al Módem ADSL, así como la contraseña de acceso a los Servicios de Valor Añadido.

5. - OBLIGACIONES DE TELEFÓNICA DE ESPAÑA

TELEFÓNICA DE ESPAÑA asume las obligaciones que se detallan a continuación:

5.1. - Servicio ADSL: Compromiso de Nivel de Servicio.

Los aspectos reseñados en esta Cláusula 5.1 únicamente se refieren al Servicio ADSL conforme está descrito en la Cláusula 3ª de las presentes Condiciones Generales.

5.1.1. - Disponibilidad.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA se obliga a la prestación regular y continuada del Servicio ADSL, 24 horas al día durante todo el año natural.

No obstante lo anterior, dicho Servicio podrá verse interrumpido por el tiempo imprescindible para realizar las operaciones de mantenimiento de la Red (en adelante, las "Operaciones de Mantenimiento de la Red") por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA, o por otras causas constitutivas de caso fortuito o fuerza mayor. En todo caso, TELEFÓNICA DE ESPAÑA notificará al CLIENTE las fechas de dichas Operaciones de Mantenimiento de la Red, cuando ello sea técnicamente posible y con un plazo de antelación razonable.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA realizará todos sus esfuerzos para que la interrupción se solvente en el plazo más breve posible, de forma que EL CLIENTE se vea afectado mínimamente.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza la disponibilidad del Servicio ADSL en el caso de que EL CLIENTE haya introducido en su equipo informático elementos de hardware o de software que impida el normal funcionamiento o continuidad en el acceso a Internet.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no se hace responsable del equipo informático del CLIENTE ni de las alteraciones que este equipo pueda producir en el normal funcionamiento del SERVICIO.

5.1.2. - Responsabilidad por falta de disponibilidad.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA responderá por la falta de disponibilidad del SERVICIO, cuando se deba a una causa directamente imputable a TELEFONICA DE ESPAÑA. Cuando la falta de disponibilidad del servicio ADSL se deba a una causa no imputable a TELEFONICA DE ESPAÑA, ésta responderá, única y exclusivamente en el caso de que la prestación del mismo se interrumpa durante un tiempo superior a las cuarenta y ocho (48) horas, de forma continua o intermitente, en un mismo mes natural, computadas de conformidad con lo previsto en la Cláusula 5.1.3.

En tal caso, TELEFÓNICA DE ESPAÑA estará obligada devolver al CLIENTE la cantidad equivalente a aquella parte de la cuota mensual del SERVICIO correspondiente al tiempo efectivo de la interrupción que exceda de cuarenta y ocho (48) horas.

ESTA ES LA UNICA COMPENSACIÓN QUE TELEFONICA DE ESPAÑA ESTÁ OBLIGADA A SATISFACER AL USUARIO POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE EL USUARIO PUEDA SUFRIR POR LA FALTA DE DISPONIBILIDAD DEL SERVICIO, SIN PERJUICIO DE AQUELLAS OTRAS QUE IMPONGA EL ORDENAMIENTO JURÍDICO.

No constituirá falta de disponibilidad a estos efectos: (a) la interrupción del SERVICIO como consecuencia de las Operaciones de Mantenimiento de la Red durante el tiempo indicado en la Cláusula 5.1.1; (b) la discontinuidad en el Servicio causada por la introducción por EL CLIENTE de elementos de Hardware o de Software que provoquen un mal funcionamiento general de su equipo informático o que resulten incompatibles con los elementos precisos en dicho equipo para el acceso a Internet a través del SERVICIO; (c) las averías identificadas en el tramo de red de acceso no perteneciente a TELEFÓNICA DE ESPAÑA (Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones y Red de Cliente).

5.1.3. - Duración de la falta de disponibilidad garantizada.

A los efectos previstos en la Cláusula 5.1.2, la falta de disponibilidad garantizada del SERVICIO se computará desde el momento en que se reciba el aviso de avería del CLIENTE hasta el momento en que se solucione la avería avisada y se restablezca efectivamente EL SERVICIO.

En aquellos casos en los que fuere necesaria la resolución a domicilio, TELEFÓNICA DE ESPAÑA ofrecerá al CLIENTE una cita concertada. EL CLIENTE no vendrá obligado a aceptar la primera cita concertada propuesta por TELEFÓNICA DE ESPAÑA. En tal caso, sin embargo, el período de tiempo que medie entre esta primera cita ofrecida por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y la cita finalmente aceptada por EL CLIENTE, no computará a efectos de indisponibilidad del SERVICIO.

Asimismo, el cómputo de la duración de la falta de disponibilidad del SERVICIO ADSL también se suspenderá durante el tiempo en que, previamente concertada la cita correspondiente, EL CLIENTE no facilite a TELEFÓNICA DE ESPAÑA el acceso a las instalaciones o equipo informático del CLIENTE. A estos efectos, se entiende por cita concertada el compromiso, establecido de mutuo acuerdo por TELEFÓNICA DE ESPAÑA y EL CLIENTE, en el que se fija la fecha y hora de intervención y el lugar de intervención para la resolución de cualquier avería. Del cómputo de la duración de la falta de disponibilidad del SERVICIO, se descontará, igualmente, el tiempo de demora en el restablecimiento efectivo del mismo que sea imputable al CLIENTE.

5.2. - Servicio de Instalación.

Cuando así lo solicite EL CLIENTE, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se obliga a prestar al CLIENTE la Instalación de Módem ADSL en los términos indicados en la Cláusula 3.4.1.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA queda eximida de toda responsabilidad en las anomalías de cualquier naturaleza que presente el equipo informático del CLIENTE.

5.3. - Servicio de Atención al CLIENTE.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA se obliga a prestar el Servicio de Atención al CLIENTE en los términos indicados en la Cláusula 3.6.

5.4. - Uso y Custodia de las Claves de Acceso.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA asegurará la confidencialidad de las claves de acceso de sus clientes.

En particular, TELEFÓNICA DE ESPAÑA se obliga a guardar la confidencialidad de la clave de acceso al Módem ADSL y de las claves de acceso a los Servicios de Valor Añadido, que el Cliente proporcione para la prestación del Servicio de asistencia técnica mediante la Telegestión remota.

La Telegestión remota solamente podrá prestarse a los efectos de proporcionar en las mejores condiciones el servicio de asistencia técnica previsto en las presentes Condiciones Generales, no pudiendo verificarse dicha Telegestión remota en base a finalidad distinta a la prestación del citado servicio de asistencia técnica.

En ningún caso, la Telegestión remota implicará acceso a la información residente en el equipo informático del CLIENTE.

6. - RESPONSABILIDAD POR LOS SERVICIOS Y CONTENIDOS ACCESIBLES A TRAVÉS DEL SERVICIO ADSL

6.1. - Responsabilidad por los Servicios.

6.1.1. - Continuidad del Servicio ADSL.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA sólo garantiza la continuidad de la prestación del Servicio ADSL en los términos establecidos en la Cláusula 5.1.

TELEFONICA DE ESPAÑA LIMITA SU RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA FALTA DE CONTINUIDAD, INTERRUPCIONES O DEFICIENCIAS EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ADSL A LA SUMA PREVISTA EN LA CLÁUSULA 5.1.2.

6.1.2. - Utilidad y falibilidad de los servicios y contenidos accesibles a través del Servicio ADSL.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza que los servicios sean útiles para la realización de ninguna actividad en particular, ni la infalibilidad de los servicios y contenidos accesibles a través del SERVICIO, y en particular, aunque no de modo exclusivo, que los CLIENTES puedan efectivamente acceder a los distintos sitios existentes en Internet a través del SERVICIO, transmitir, difundir, almacenar o poner a disposición de terceros contenidos a través del SERVICIO, o recibir, obtener o acceder a contenidos a través del mismo.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE TODA RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE A LA DEFRAUDACIÓN DE LA UTILIDAD QUE LOS USUARIOS HUBIEREN PODIDO ATRIBUIR A LOS SERVICIOS Y A LA FALIBILIDAD DE LOS SERVICIOS Y CONTENIDOS Y EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, A LOS FALLOS EN EL ACCESO A LOS DISTINTOS SITIOS EXISTENTES EN INTERNET A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS, EN LA TRANSMISIÓN, DIFUSIÓN, ALMACENAMIENTO O PUESTA A DISPOSICIÓN DE TERCEROS DE CONTENIDOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS O EN LA RECEPCIÓN, OBTENCIÓN O ACCESO A CONTENIDOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS.

6.1.3. - Privacidad y seguridad en la utilización de los servicios.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza la privacidad y la seguridad en la utilización de los servicios por parte de los CLIENTES y, en particular, no garantiza que terceros no autorizados no puedan tener conocimiento de la clase, condiciones, características y circunstancias del uso de Internet que puedan hacer los CLIENTES o que no puedan acceder y, en su caso, interceptar, eliminar, alterar, modificar o manipular de cualquier modo los contenidos y comunicaciones de toda clase que los CLIENTES transmitan, difundan, almacenen, pongan a disposición, reciban, obtengan o accedan a través del SERVICIO.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE TODA RESPONSABILIDAD CON TODA LA EXTENSION QUE PERMITA EL ORDENAMIENTO JURIDICO, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE AL CONOCIMIENTO QUE PUEDAN TENER LOS TERCEROS DE LA CLASE, CONDICIONES, CARACTERÍSTICAS Y CIRCUNSTANCIAS DEL USO DE INTERNET QUE PUEDAN HACER LOS USUARIOS O QUE PUEDAN DEBERSE AL ACCESO Y, EN SU CASO, A LA INTERCEPTACIÓN, ELIMINACIÓN, ALTERACIÓN, MODIFICACIÓN O MANIPULACIÓN DE CUALQUIER MODO DE LOS CONTENIDOS Y COMUNICACIONES DE TODA CLASE QUE LOS CLIENTES O USUARIOS TRANSMITAN, DIFUNDAN, ALMACENEN, PONGAN A DISPOSICIÓN, RECIBAN, OBTENGAN O ACCEDAN A TRAVÉS DEL SERVICIO.

6.2. - Responsabilidad por los Contenidos.

6.2.1. - Calidad.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla con carácter previo y no garantiza la ausencia de virus en los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios, ni la ausencia de otros elementos que puedan producir alteraciones en el equipo informático del CLIENTE o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en el equipo informático del CLIENTE o transmitidos desde el equipo informático del CLIENTE.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA PRESENCIA DE VIRUS O A LA PRESENCIA DE OTROS ELEMENTOS LESIVOS EN LOS CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS, PUESTOS A DISPOSICIÓN, O ACCESIBLES A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS.

6.2.2. - Licitud, fiabilidad y utilidad.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA es completamente ajena a, no interviene en la creación, transmisión ni en la puesta a disposición de y no ejerce ninguna clase de control previo ni garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los contenidos transmitidos, difundidos, almacenados, recibidos, obtenidos, puestos a disposición, o accesibles a través de los servicios.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA TRANSMISIÓN, DIFUSIÓN, ALMACENAMIENTO, PUESTA A DISPOSICIÓN, RECEPCIÓN, OBTENCIÓN O ACCESO A LOS CONTENIDOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS Y, EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUEDAN DEBERSE A: (A) EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY, LA MORAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES GENERALMENTE ACEPTADAS O EL ORDEN PÚBLICO COMO CONSECUENCIA DE LA TRANSMISIÓN, DIFUSIÓN, ALMACENAMIENTO, PUESTA A DISPOSICIÓN, RECEPCIÓN, OBTENCIÓN O ACCESO A LOS CONTENIDOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (B) LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, DE LOS SECRETOS EMPRESARIALES, DE COMPROMISOS CONTRACTUALES DE CUALQUIER CLASE, DE LOS DERECHOS AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA IMAGEN DE LAS PERSONAS, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD Y DE TODA OTRA NATURALEZA PERTENECIENTES A UN TERCERO COMO CONSECUENCIA DE LA TRANSMISIÓN, DIFUSIÓN, ALMACENAMIENTO, PUESTA A DISPOSICIÓN, RECEPCIÓN, OBTENCIÓN O ACCESO A LOS CONTENIDOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (C) LA REALIZACIÓN DE ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD ILÍCITA COMO CONSECUENCIA DE LA TRANSMISIÓN, DIFUSIÓN, ALMACENAMIENTO, PUESTA A DISPOSICIÓN, RECEPCIÓN, OBTENCIÓN O ACCESO A LOS CONTENIDOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (D) LA FALTA DE VERACIDAD, EXACTITUD, EXHAUSTIVIDAD, PERTINENCIA Y/O ACTUALIDAD DE LOS CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS, PUESTOS A DISPOSICIÓN O ACCESIBLES A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (E) LA INADECUACIÓN PARA CUALQUIER CLASE DE PROPÓSITO DE Y LA DEFRAUDACIÓN DE LAS EXPECTATIVAS GENERADAS POR LOS CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS, PUESTOS A DISPOSICIÓN, O ACCESIBLES A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (F) EL INCUMPLIMIENTO, RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO, CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O TERMINACIÓN POR CUALQUIER CAUSA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR TERCEROS Y CONTRATOS REALIZADOS CON TERCEROS A TRAVÉS DE O CON MOTIVO DEL ACCESO A LOS CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS, PUESTOS A DISPOSICIÓN, O ACCESIBLES A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (G) LOS VICIOS Y DEFECTOS DE TODA CLASE DE LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS COMERCIALIZADOS, ADQUIRIDOS O PRESTADOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS DE TERCEROS ACCESIBLES A TRAVÉS DEL SERVICIO.

6.3. - Responsabilidad por los servicios prestados por terceros a través de los Servicios.

6.3.1. - Calidad.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla con carácter previo y no garantiza la ausencia de virus en los servicios prestados por terceros a través de los servicios.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A DEFECTOS EN LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS.

6.3.2. - Licitud, fiabilidad y utilidad.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA es completamente ajena a, no interviene en la configuración y prestación de los servicios prestados por terceros a través de los servicios y no ejerce ninguna clase de control previo ni garantiza la licitud, fiabilidad y utilidad de los servicios prestados por terceros a través de los servicios.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA, QUE PUEDAN DEBERSE A LOS SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS, Y EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE PUEDAN DEBERSE A: (A) EL INCUMPLIMIENTO DE LA LEY, LA MORAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES GENERALMENTE ACEPTADAS O EL ORDEN PÚBLICO COMO CONSECUENCIA DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (B) LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL, DE LOS SECRETOS EMPRESARIALES, DE COMPROMISOS CONTRACTUALES DE CUALQUIER CLASE, DE LOS DERECHOS AL HONOR, A LA INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR Y A LA IMAGEN DE LAS PERSONAS, DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD Y DE TODA OTRA NATURALEZA PERTENECIENTES A UN TERCERO COMO CONSECUENCIA DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (C) LA REALIZACIÓN DE ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL Y PUBLICIDAD ILÍCITA COMO CONSECUENCIA DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (D) LA FALTA DE VERACIDAD, EXACTITUD, EXHAUSTIVIDAD, PERTINENCIA Y/O ACTUALIDAD DE LOS CONTENIDOS TRANSMITIDOS, DIFUNDIDOS, ALMACENADOS, RECIBIDOS, OBTENIDOS, PUESTOS A DISPOSICIÓN O ACCESIBLES A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (E) LA INADECUACIÓN PARA CUALQUIER CLASE DE PROPÓSITO DE Y LA DEFRAUDACIÓN DE LAS EXPECTATIVAS GENERADAS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (F) EL INCUMPLIMIENTO, RETRASO EN EL CUMPLIMIENTO, CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O TERMINACIÓN POR CUALQUIER CAUSA DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS POR TERCEROS Y CONTRATOS REALIZADOS CON TERCEROS EN RELACIÓN CON O CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS; (G) LOS VICIOS Y DEFECTOS DE TODA CLASE DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS.

6.4. - Usos no autorizados.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla el acceso ni la utilización que EL CLIENTE u otros usuarios hacen de los servicios. En particular, TELEFÓNICA DE ESPAÑA no garantiza que EL CLIENTE u otros usuarios accedan a y/o utilicen los Servicios de conformidad con lo dispuesto en estas Condiciones Generales o, en su caso, con las condiciones particulares que puedan resultar de aplicación.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUDIERAN DEBERSE AL ACCESO A Y/ LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS POR EL CLIENTE O POR OTROS USUARIOS, EN CONTRA DE LO DISPUESTO EN ESTAS CONDICIONES GENERALES.

6.5. - Identidad e información relativa a los CLIENTES proporcionada por los propios CLIENTES.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA no controla ni ofrece ninguna clase de garantía sobre la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de los datos que los CLIENTES proporcionan sobre sí mismos a o hacen accesibles a otros CLIENTES o usuarios.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA EXCLUYE CUALQUIER RESPONSABILIDAD POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA INCORRECTA IDENTIDAD DE LOS CLIENTES O USUARIOS Y A LA FALTA DE VERACIDAD, VIGENCIA, EXHAUSTIVIDAD Y/O AUTENTICIDAD DE LA INFORMACIÓN QUE LOS CLIENTES O USUARIOS PROPORCIONAN ACERCA DE SÍ MISMOS Y PROPORCIONAN O HACEN ACCESIBLES A OTROS CLIENTES O USUARIOS Y, EN PARTICULAR, AUNQUE NO DE MODO EXCLUSIVO, POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS DE TODA NATURALEZA QUE PUEDAN DEBERSE A LA SUPLANTACIÓN DE LA PERSONALIDAD DE UN TERCERO EFECTUADA POR UN CLIENTE O USUARIO EN CUALQUIER CLASE DE COMUNICACIÓN O TRANSACCIÓN REALIZADA A TRAVÉS DE LOS SERVICIOS.

6.6. - Utilización del buzón administrador.

En caso de que el buzón administrador de CLIENTE, no haya sido activado por causa imputable al mismo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA quedará eximida de cualquier responsabilidad derivada del desconocimiento del CLIENTE de información relevante, que haya sido comunicada por TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE, mediante el uso de dicho buzón.

7. - NO LICENCIA

TELEFÓNICA DE ESPAÑA autoriza al CLIENTE la utilización de los derechos de propiedad intelectual, de los derechos de propiedad industrial y de los secretos empresariales relativos a los Servicios de los que es titular únicamente para utilizar los Servicios de conformidad con lo establecido en estas Condiciones Generales. TELEFÓNICA DE ESPAÑA no concede ninguna otra licencia o autorización de uso de ninguna clase sobre sus derechos de propiedad intelectual, de propiedad industrial, sobre los secretos empresariales o sobre cualquier otra propiedad o derecho relacionado con los Servicios.

Las direcciones IP no son propiedad del CLIENTE, por lo que TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá modificar las mismas cuando concurran causas que lo justifiquen, comunicándolo al CLIENTE.

Asimismo, TELEFÓNICA DE ESPAÑA no se hace responsable del mal uso o del uso fraudulento por parte del CLIENTE o de terceros, de la dirección IP proporcionada al CLIENTE en cada acceso.

8. - TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

8.1. - A efectos de lo dispuesto en la normativa vigente sobre protección de datos TELEFÓNICA DE ESPAÑA informa al CLIENTE de la existencia de ficheros automatizados con datos de carácter personal creados por ella y bajo responsabilidad de la misma, cuya finalidad es realizar el mantenimiento y la gestión de la relación contractual con EL CLIENTE así como de las labores de información del SERVICIO y otros servicios asociados así como actividades relacionadas con los mismos. Asimismo, le informa de la posibilidad de ejercitar, de acuerdo con lo establecido en dicha normativa, los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a Telefónica de España, Apartado de Correos 46.155 - 28080 Madrid, acompañando fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documentación acreditativa equivalente.

8.2. - TELEFÓNICA DE ESPAÑA se compromete al cumplimiento de la obligación de secreto respecto a los datos de carácter personal y de su deber de guardarlo, adoptando las medidas de seguridad que impone la legislación vigente para evitar su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado. Concluida la relación contractual los datos serán cancelados conforme determina el artículo 4.5. de la L.O. 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.

8.3. - La prestación del SERVICIO puede exigir que algunas de las facilidades que integran el mismo (acceso a contenidos, cuentas de correo electrónico, etc.) sean provistas por una empresa del Grupo TELEFÓNICA distinta a TELEFÓNICA DE ESPAÑA. Por dicha razón, EL CLIENTE consiente por medio de esta cláusula que TELEFÓNICA DE ESPAÑA comunique a algunas de las empresas contempladas en el párrafo anterior, en particular a TERRA NETWORKS ESPAÑA, S.A., los datos personales identificativos y de productos y servicios contratados que resulten necesarios para la correcta prestación del SERVICIO. Dicha comunicación sólo podrá tener la finalidad anteriormente descrita, así como la de realizar las labores de información y comercialización, que posibiliten al CLIENTE el acceso a los servicios y productos más avanzados de telecomunicaciones.

8.4. - EL CLIENTE consiente el envío de comunicaciones comerciales sobre productos y servicios de telecomunicaciones de TELEFÓNICA DE ESPAÑA o comercializados por ésta, a su dirección electrónica. No obstante, si no desea recibir esta información, puede revocar su consentimiento en cualquier momento comunicándolo a los números de atención comercial o a la dirección indicada en el apartado primero de la presente cláusula.

9. - EMPLEO DE TECNOLOGÍA DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN

TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá emplear tecnología de recogida de información con la finalidad de adaptar el Servicio a las preferencias de los CLIENTES, proveer nuevos servicios así como nuevas prestaciones y facilidades relacionadas con EL SERVICIO, ofreciendo a los CLIENTES los productos y servicios que mejor se ajusten a sus preferencias. TELEFÓNICA DE ESPAÑA no empleará en ningún caso tecnología de recogida de información para recuperar información existente en el propio equipo informático del CLIENTE (excepto la proporcionada por las "cookies" de TELEFÓNICA DE ESPAÑA ya instaladas)

A los efectos de lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales, las cookies se definen como archivos de texto que TELEFÓNICA DE ESPAÑA envía al equipo informático del CLIENTE para mantener un registro de sus preferencias y recordarlas a su regreso.

Se asocian con el navegador del equipamiento informático del CLIENTE y no representan amenaza alguna para la privacidad ni para la seguridad de lo datos del CLIENTE, puesto que se asocian con el usuario y su equipo informático de forma anónima. Por tanto el navegador de que disponga EL CLIENTE, deberá estar configurado para aceptar el uso de dicha tecnología cookie.

En cualquier caso, CLIENTE podrá impedir la instalación de cookies en su disco duro, siguiendo las instrucciones correspondientes desde la opción del menú de su navegador.

10. - CESIÓN DE DERECHOS

TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá ceder el Contrato o los derechos dimanantes del mismo a cualquier Sociedad del GRUPO TELEFÓNICA que pueda prestar en un futuro EL SERVICIO, viniendo obligada a comunicarlo al CLIENTE en los términos previstos en la Cláusula 15, sin perjuicio de que éste pueda solicitar la baja en el servicio.

11. - PROCEDIMIENTO EN CASO DE VIOLACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En el caso de que un CLIENTE o un tercero considere que la puesta a disposición de cualquiera de los Contenidos a través del SERVICIO infringe sus derechos de propiedad intelectual, dicho CLIENTE o tercero deberá enviar una notificación a TELEFÓNICA DE ESPAÑA en la que se contengan los siguientes extremos: (a) datos personales: nombre, NIF/CIF, dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico del reclamante; (b) firma auténtica o equivalente, con los datos personales del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos o de la persona autorizada para actuar en nombre y por cuenta del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos; (c) indicación precisa y completa de los Contenidos protegidos mediante los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos, así como de su localización; (d) declaración expresa y clara de que la puesta a disposición de los Contenidos indicados se ha realizado sin el consentimiento del titular de los derechos de propiedad intelectual supuestamente infringidos; (e) declaración expresa, clara y bajo la responsabilidad del reclamante de que la información proporcionada en la notificación es exacta y de que la introducción de los contenidos constituye una violación de sus derechos de propiedad intelectual.

Estas notificaciones deberán ser enviadas al Servicio de Atención al CLIENTE, dirigiéndose a la dirección abuse@telefonica.net o a través del formulario que se habilita en http:// www.telefonicaonline.com/nemesys/

12. - VIGENCIA

El Acuerdo entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE entrará en vigor a partir de la fecha en que se produzca el alta en el SERVICIO, entrando éste en funcionamiento, momento a partir del cual, el presente acuerdo adquirirá eficacia. Dicho Acuerdo tendrá una duración mínima inicial de un (1) año, entendiéndose prorrogado si ninguna de las dos Partes manifiesta su intención de extinguirlo, comunicándolo con 15 días de antelación a la fecha prevista de duración inicial.

En el supuesto de que el CLIENTE decida resolver el acuerdo antes de dicho plazo de un (1) año, deberá comunicarlo a TELEFÓNICA DE ESPAÑA con quince (15) días de antelación y TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá cobrar al CLIENTE el 25% de las cuotas de abono pendientes hasta la finalización del período mínimo inicial.

13. - TERMINACIÓN

13.1. - Resolución.

El presente acuerdo podrá resolverse, a petición de cualquiera de las Partes, por las causas generales admitidas en Derecho, por las previstas en estas Condiciones y, expresamente, por las siguientes:

a) Por voluntad del CLIENTE, comunicada a TELEFÓNICA DE ESPAÑA, con quince (15) días de antelación, mediante comunicación enviada a la dirección que le facilitarán en los números de atención comercial.

b) Por cesación de TELEFONICA DE ESPAÑA en la prestación del SERVICIO, de acuerdo a lo previsto en la cláusula 3.10., previa comunicación a los CLIENTES con quince (15) días de antelación sobre la fecha prevista para dicha cesación.

c) Por incumplimiento de las obligaciones de la otra Parte, siempre que tal incumplimiento no fuera subsanado en un plazo máximo de siete (7) días tras la petición escrita de la otra Parte solicitando la subsanación del incumplimiento, a no ser que dicho incumplimiento se considerara insubsanable o hiciera imposible el cumplimiento del presente acuerdo para la parte denunciante, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata. Ello, en todo caso, dejando a salvo la reclamación que por daños y perjuicios pueda corresponder a cualquiera de las Partes, así como la facultad de retirada y suspensión del acceso a los Servicios prevista en la Cláusula 4.7.

13.2. - Efectos.

Terminada la prestación del Servicio objeto de estas Condiciones Generales, TELEFÓNICA DE ESPAÑA facturará, en su caso, el importe correspondiente a la parte proporcional de la última cuota mensual, en función de la fecha de efectividad de la baja, sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 12.

14. - MODIFICACIÓN DE CONDICIONES

Dada la movilidad de este tipo de servicios en cuanto a características, actualización, variaciones técnicas, etc., TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá modificar las características que presenta el SERVICIO ofrecido en el momento actual, cuando existan razones que justifiquen dicha modificación, comunicándoselo al CLIENTE con quince (15) días de antelación a la fecha prevista para aplicar la modificación correspondiente.

Si EL CLIENTE no estuviera de acuerdo con la modificación realizada, podrá solicitar la baja en el servicio.

15. - NOTIFICACIONES

Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de TELEFÓNICA DE ESPAÑA al CLIENTE se realizarán de alguna de las siguientes maneras según proceda: (a) envío por correo postal al domicilio indicado por EL CLIENTE; (b) envío por correo electrónico a cualquiera de los buzones que el CLIENTE dispone; (c) comunicación por medio de una llamada telefónica al número de teléfono indicado por el CLIENTE en el Formulario de Solicitud de Alta en el Servicio ADSL, o modificado posteriormente por EL CLIENTE conforme a esta Condición.

TELEFÓNICA DE ESPAÑA podrá, además, informar de las incidencias relacionadas con el SERVICIO, mediante la publicación en sus páginas Web, cuando dicha información sea de carácter general para todos los CLIENTES.

A estos efectos, EL CLIENTE manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a TELEFÓNICA DE ESPAÑA todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA y EL CLIENTE. El CLIENTE responderá de la veracidad de sus datos en los términos previstos en la Cláusula 8.

Las comunicaciones del CLIENTE a TELEFÓNICA DE ESPAÑA deberán dirigirse al Servicio de Atención al Cliente utilizando los números de atención comercial.

16. - LEY APLICABLE

La prestación de los Servicios objeto de este Contrato se regirá por la legislación española.

17. - RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS

17.1. - Interpuesta una reclamación por EL CLIENTE contra TELEFÓNICA DE ESPAÑA, si no se hubiera resuelto en el plazo de un mes o sí, resuelta no fuera estimada, EL CLIENTE podrá presentar la reclamación a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) en el plazo de un (1) mes desde la resolución de TELEFÓNICA DE ESPAÑA o desde la finalización el plazo para responder.

17.2. - TELEFÓNICA DE ESPAÑA y el CLIENTE, se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes en cada momento, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, para cualquier controversia que pudiera derivarse de la prestación del SERVICIO objeto de estas Condiciones Generales.



ANEXO I.- PRECIOS DE LÍNEA ADSL EN LA OPCIÓN TARIFA PLANA 24 HORAS

Cuota de alta con filtrado distribuido ( microfiltros) Cuota de alta con filtrado centralizado (Splitter) Cuota de abono
Básica 38,10 € 77,17 € 39,07 €/mes
Class 38,10 € 77,17 € 74,98 €/mes
Avanzada 38,10 € 77,17 € 120,00 €/ mes
Premium 38,10 € 77,17 € 150,57 €/mes
Empresas Class 38,10 € 77,17 € 208,33/ € mes
Empresas Avanzada 38,10 € 77,17 € 333,33/ € mes
Empresas Premium 38,10 € 77,17 € 466,67 €/ mes


OBSERVACIONES

· Estos precios no incluyen IVA (Actualmente 16%.) o impuesto indirecto aplicable.
· La cuota de alta incluye el precio correspondiente a la activación del SERVICIO.
· Los precios de los Módem, las cuotas de cableado interno y microfiltros, así como las distintas Opciones Adicionales al Servicios serán facturados conforme a la oferta que en cada momento figure la siguiente URL: www.telefonicaonline.com/adsl.


Fecha de edición del Anexo I:

26 de julio de 2005